La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que hasta el 30 de noviembre no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de las y los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período
fiscal 2020.
El “Sistema de Perfil de Riesgo” es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.
La Resolución General N° 5080, que se publicará este jueves en Boletín Oficial, garantiza a los contribuyentes que lo soliciten, la posibilidad de regularizar sus obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%, sin verse condicionadas por su perfil de riesgo.
El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como “riesgo muy alto”, categoría E. La medida, que apunta a coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y responsables, forma parte de las herramientas puestas a disposición por la AFIP para amortiguar el impacto económico de la pandemia del Covid-19.
Beneficios para Fintechs
Por otro lado, Con el objetivo de garantizar que las firmas proveedoras de servicios de pago, empresas de cobranza y sus agentes puedan mantener beneficios fiscales, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 31 de octubre el plazo para que dichas firmas renueven su inscripción en el Registro de Beneficios Fiscales en el Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias.
La medida alcanza a las compañías encuadradas, a partir del 1 de agosto, en uno de los beneficios previstos por el Decreto N° 301/21.
La prórroga, dispuesta en la Resolución General 5078, tiene como objetivo garantizar el normal desarrollo de la operatoria a través de los sistemas de pago virtuales y de cobranzas extrabancarias. El organismo definió la extensión por 30 días del plazo en virtud de la cantidad de solicitudes de inscripción recibidas.