Buenos Aires, (ANP). Se trata de una movida de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), con ayuda del Banco Central, para tratar de sacar de juego a contribuyentes que tienen su Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT) inhabilitada. Estas personas, estimadas en 35,000. no podrán cobrar vía transferencia o tarjetas de crédito.

La medida, en rigor es del BCRA, la comunicación A8144 dirigida a bancos y empresas operadoras de medios de pago. Se les indica que no se les podrá ofrecer el servicio de cobros de transferencias o tarjetas a los que estén incluidos en Registro de Contribuyentes no Confiables.

En rigor, se trata del viejo registro APOC de uso interno para las autoridades fiscales, que incluía las cuits que se presumían eran usinas de facturas apócrifas, algo muy común en épocas en que la mayor parte de la facturación se hacía a mano y en papel.

En un comunicado el Banco Central de la República Argentina se dirigió a las entidades financieras, aceptadores de pago con transferencia, adquirentes de pagos con tarjeta y agregadores de instrumentos de pago avisándoles que deberán negarle los pagos o transferencias bancarias a los contribuyentes no confiables

«Establecer que las entidades financieras y los proveedores de servicios de pago (PSP) que cumplan la función aceptación de pago con transferencia (PCT), adquirencia y/o agregación o subadquirencia no podrán dar tales servicios de pago a comercios y demás personas humanas o jurídicas que figuren en la “Base de Contribuyentes No Confiables” de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero».

«A ese efecto deberán utilizar las notificaciones que reciban de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero acerca de las altas y bajas en la citada base, y negar o discontinuar el servicio de aceptar PCT o pagos con tarjetas de débito, crédito, compra o prepagas a quienes lo soliciten o lo tuvieran –en este caso, dentro del plazo de un (1) día hábil de recibida la información–, respectivamente».

«Hasta que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero instrumente esas notificaciones, las entidades financieras y los PSP que cumplan la función aceptación de PCT, adquirencia y/o agregación o subadquirencia deberán consultar dicha base con periodicidad al menos semanal y tomar las acciones señaladas previamente».

Por NP