Buenos Aires, abr 24 (ANP) – Los monotributistas que aspiren a conseguir un crédito a tasa cero en tarjeta de crédito deberán solicitarlo a su banco. Así lo determina la reglamentación publicada hoy por el Banco Central de la República Argenitna (BCRA). Los autónomos van a tener que seguir esperando porque todavía el gobierno no fijó sus condiciones de acceso.

De acuerdo con la reglamentación, las entidades financieras deberán otorgar los Créditos a Tasa Cero a todos los clientes que los soliciten en la medida que los mismos están en el listado de beneficiarios que elabore la AFIP. En el listado se indicará el monto del préstamo y, al parecer, también la entidad donde deberá ser solicitado.  Por su lado, la AFIP deberá crear un servicio al que se podrá acceder con clave fiscal para que los monotributistas y autónomos accedan y puedan verificar si son elegibles para el préstamo.

El banco va a tener que consultar entonces si el cliente que pide el financiamiento figura en la lista, y por cuanto puede calificar.

Según explico el tributarista Sebastián Domínguez, «las entidades financieras deberán acreditar los préstamos en un máximo de 2 días hábiles desde la solicitud», en tanto que «la solicitud se deberá poder realizar por internet, a través de la plataforma “home banking” de la entidad financiera». De modo que no será necesario que la persona tenga que sacar un turno para hacer el trámite de forma presencial.

El crédito se va a acreditar en la tarjeta en tres etapas. Si el cliente no tiene una tarjeta de crédito,el banco deberá proveerle de una sin costo, y mantenerle una cuenta a la vista abierta por el plazo que dure el préstamo. Es de recordar que el financiamiento será a un año con tres meses de gracia.

Por otro lado, en cada una de las tres cuotas, la entidad financiera debe adicionar el monto equivalente al pago de las sumas totales que debe abonar el solicitante, por los períodos mensuales resultantes en concepto de impuesto integrado y cotizaciones previsionales a cargo de monotributista o de aportes previsionales obligatorios del régimen de trabajadores autónomos.

Domínguez destacó además: «En relación a este tema es importante recordar dos cosas: 1) Que aun no se han dictado las condiciones que deben cumplir los trabajadores autónomos para poder acceder al crédito y 2) Que si bien la AFIP indicó informalmente que se iba a modificar la Decisión Administrativa 591/2020 para que accedan al crédito los monotributistas que tuvieron una disminución en la facturación eliminado la expresión «No», a la fecha no se ha modificado».

El BCRA estipuló además que el beneficiario de este tipo de financiamiento no podrá tener adelantos en efectivo via tarjeta.. ni tampoco podrá acceder al Mercado Unico y Libre de Cambios (MULC) ni hacer operaciones con títulos para liquidación inmediata en el exterior. (Contado con Liquidiación).

Todos los monotributistas podrán acceder al financiamiento, pero con límites. Si bien se promociona hasta 150.000 pesos, en rigor el límite para cada beneficiario es equivalente al 25% del limite superior de su categoría, mientras que su facturación no debe haber caído por debajo del promedio para su categoría