El Gobierno permitirá que las distribuidoras de energía eléctrica Edenor y Edesur seguir cobrando las tasas municipales de alumbrado público dentro de las boletas de cada usuario, según confirmaron fuentes empresarias a Nuevas Palabras.

La información indica que esta semana la Secretaría de Comercio, que fue la dependencia del Ministerio de Economía que había ordenado impedir cobrar ese tipo de concepto en las facturas, emitirá una nueva resolución en el Boletín Oficial. Es de recordar que si bien Edenor y Edesur prestan servicios en el área metropolitana de Buenos Aires (AMBA), su jurisdicción es nacional.

El Poder Ejecutivo hará una excepción «exclusiva» a la resolución 267/2024 de la Secretaría de Industria y Comercio.

A través de esa resolución, el gobierno cuestionó a los intendentes que cargan en las facturas eléctricas tasas municipales que nada tienen que ver con el servicio, aprovechando su alta cobrabilidad.

En el caso de las distribuidoras provincias, quedará a cargo de cada jurisdicción. En el caso de la provincia de Buenos Aires, una de las mas importantes es Edelap, que sirve en el área de La Plata. En los pueblos del interior son las cooperativas las que mayormente tienen a cargo el servicio.

El gobernador Axel Kicillof ya ha dicho que no piensa impedir que las comunas hagan ese tipo de acuerdo con las empresas.

Respuesta a la suba de tasas

El anuncio del gobierno nacional surgió como una respuesta al incremento de las tasas de Seguridad e Higiene y la tasa Vial, que gran parte de los municipios del Gran Buenos Aires comenzaron a cobrar en los últimos meses.

Uno de los casos es Lanús, donde la tasa de Seguridad e Higiene subió al 6% de la facturación de las grandes cadenas de supermercados. Allí los establecimientos como Coto, han trasladado el costo a los vecinos y avisaron mediante cartelería. Con ello el intendente Julián Alvarez dice que se subsidia una reducción de tasas que beneficia a los comercios pequeños del distrito.

Desde el Ministerio de Economía se recuerda que las tasas muncipales constituyen un precio a pagar por una contraprestación claramente definida. Por lo tanto, no pueden cobrarse como porcentaje de manifestaciones de riqueza o de un flujo de dinero, porque en ese caso se tornan un impuesto, que por las leyes los municipios tienen prohibido.

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Por NP