BUENOS AIRES (ANP).- Las Billeteras virtuales deberán informan sobre los ingresos y egresos en las cuentas que superen los $ 30.000 mensuales o los saldos finales mensuales cuando sean iguales o superiores a $ 90.000.
La Resolución General 5193/2022 que establece esta norma y se publicará mañana en el Boletín Oficial, busca “optimizar la calidad de los datos con los que cuenta la AFIP para fiscalizar las operaciones canalizadas a través de cuentas virtuales”.
La medida, que no implica ningún cambio para los usuarios, establece además las Billeteras Virtuales deberán fija un umbral de $200.000 a partir del cual las firmas del sector deben informar las transferencias bancarias o virtuales.