Buenos Aire (ANP) – La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) dispuso este miércoles una nueva prórroga en los plazos formales para cumplir con las obligaciones fiscales, posponiendo por quinta vez consecutiva la presentación de la Declaración Jurada del Impuesto a las Ganancias correspondiente al período fiscal 2025 para personas humanas y sucesiones indivisas.
De este modo, el vencimiento —que inicialmente expiraba a mediados de año y que tenía como fecha límite previa el próximo 30 de octubre— fue trasladado formalmente hasta el lunes 16 de noviembre de 2026. La medida oficial busca descomprimir la carga operativa de los profesionales en ciencias económicas y brindar un margen técnico adicional ante las adecuaciones normativas recientes y la instrumentación del régimen simplificado.
El detalle de las cuatro postergaciones previas
A lo largo del calendario fiscal, el organismo tributario debió reconfigurar los plazos en sucesivas oportunidades debido a diversos ajustes operativos y reclamos del sector profesional:
- 1ª Prórroga (Julio de 2026): Mediante la Resolución General 5876, ARCA desdobló el calendario original y fijó por primera vez un diferimiento para la presentación de las declaraciones juradas del período 2025 (y el impuesto cedular), trasladando la fecha límite al 27 de agosto de 2026 (mientras que el pago del saldo se mantuvo para julio).
- 2ª Prórroga (Agosto de 2026): A través de la Resolución General 5890, ante la cercanía con el tratamiento legislativo de modificaciones tributarias y regímenes de declaración simplificada, el organismo estiró el plazo excepcional de presentación hasta el 22 de septiembre de 2026.
- 3ª Prórroga (Septiembre de 2026): Con el dictado de la Resolución General 5898, el Fisco nacional volvió a conceder un respiro a los contribuyentes y contadores, estirando la fecha límite de entrega al 13 de octubre de 2026.
- 4ª Prórroga (Octubre de 2026): Mediante la Resolución General 5911, ARCA resolvió desplazar el vencimiento pocos días más, fijándolo inicialmente para este viernes 30 de octubre de 2026, fecha que finalmente se ve modificada por este nuevo entendimiento administrativo.
Con esta quinta extensión que lleva la fecha al 16 de noviembre, el Gobierno busca garantizar un proceso ordenado de liquidación voluntaria y evitar la congestión en los sistemas informáticos del organismo recaudador.

