BUENOS AIRES (ANP).- La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció que, las obligaciones con fecha de vencimiento al 30 de julio, se podrán presentar hasta el 1° de agosto, inclusive.
La medida, que se oficializará durante las próximas horas en el Boletín Oficial, resulta una “resolución es excepcional, destinada a contemplar la situación de determinados contribuyentes y responsables que en el día de ayer (miércoles) se vieron imposibilitados de acceder a los sistemas informáticos de ARCA, lo que pudo impedir el cumplimiento en tiempo y forma de sus obligaciones”, destacó el organismo.
Por ello, se contemplará la situación descrita y se colocará como nueva fecha de vencimiento para cumplir con las obligaciones el viernes 1° de agosto inclusive0
Los tipos de obligaciones que se pueden presentar hasta el 1° de agosto son:
- Fideicomisos financieros y no financieros
- Participaciones societarias y manifestación de capacidad contributiva
Solo alcanza a las personas o empresas con CUIT terminados en 7, 8 y 9 que tenían vencimiento el 30 de julio.
“De esta manera, ARCA reconoce los contratiempos que pudieran haber generado los problemas técnicos ocurridos en la jornada de ayer y propone esta prórroga para evitar perjuicios a los contribuyentes”, destacó el comunicado oficial.
