BUENOS AIRES (ANP).- La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) suspendió hasta el 31 de diciembre el régimen de percepción que permitía, a través de un certificado de exclusión, que grandes empresas importadoras quedaran exentas del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto a las Ganancias.
La medida se estableció a través de la Resolución General 5339/2023 publicada hoy en el Boletín Oficial, y con ella la oficina de recaudación tributaria estima que contará con ingresos extra por $ 979.000 millones, según un comunicado difundido esta mañana.
Se trata de un régimen aplicable a operaciones de importación definitiva de bienes, incluidas las realizadas al área franca desde terceros países y desde el área franca al territorio aduanero general, o especial, salvo que se encuentren exceptuadas.
La suspensión de dicho régimen implica un aumento aproximado de la recaudación tributaria en términos aduaneros del 20 por ciento en IVA y de un 6 por ciento en Ganancias, detalló la AFIP.
«De esta manera, la percepción del impuesto a las Ganancias que se practique en virtud de la suspensión establecida tendrá para los sujetos pasibles el carácter de impuesto ingresado y en tal concepto podrá ser computado en la declaración jurada del período fiscal correspondiente. En cuanto a IVA, hasta el 31 de diciembre de 2023 las percepciones efectuadas podrán ser computadas a partir del noveno período fiscal posterior a la fecha del despacho de importación», señaló.
Asimismo, indicaron desde la oficina fiscal que la suspensión no se aplicará a las importaciones para consumo efectuadas por Micro y Pequeñas empresas que tengan un certificado “MiPyME” vigente al momento de la importación, ni a las importaciones para consumo que se realicen por cuenta y orden del Estado Nacional (por ejemplo de Enarsa, Cammesa). Tampoco a las importaciones para consumo eximidas de impuestos nacionales por la Ley de Presupuesto para el ejercicio 2023.