BUENOS AIRES (ANP).- El Concejo Deliberante de Adolfo Alsina restableció la libre venta de pirotecnia al derogar la ordenanza que prohibía la actividad en el distrito, y de esta manera cumplió con el fallo de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires que declaró la inconstitucionalidad de esa medida.
La ordenanza N° 4809 establece en su Artículo 1 “Deróguese la Ordenanza N° 4432/2019”, que prohibía el uso de pirotecnia en todo el territorio del Partido de Adolfo Alsina.
Recordó que la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad de la Ordenanza que prohibía la pirotecnia en el Partido de General Alvarado, y condenó a pagar las costas a ese Municipio.
La Cámara Argentina de Empresas de Fuegos Artificiales había planteado la inconstitucionalidad y que los municipios no tienen competencia para sancionar sobre dicho tema, porque viola la Ley 20.429 cuya aplicación se encuentra a cargo de la ANMAC.
La Justicia de San Juan hizo lo mismo con las normas de los municipios de San Juan, Rivadavia y Santa Lucía, y distintos juzgados bonaerenses anularon las prohibiciones en Quilmes, Magdalena, Berazategui, Florencio Varela, Rauch, Bolivar, Berisso, el Partido de la Costa, Carlos Casares, Pehuajó, Coronel Suarez, Rivadavia y Mar Chiquita, entre otros.