BUENOS AIRES (ANP) – La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este miércoles la extensión hasta el 30 de junio de 2027 de la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares, una medida que ahora se amplía para incorporar a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs) y a los pequeños contribuyentes.
A través de la Resolución General 5923/2026, publicada en el Boletín Oficial, el organismo dispuso prorrogar el beneficio que ya regía para las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector de salud, en el marco de lo establecido previamente por el Ministerio de Economía mediante la Resolución N° 1.899/26.
Nuevos sectores alcanzados
La normativa dictada por el director ejecutivo de la ARCA, Andrés Edgardo Vazquez, detalla que la suspensión del inicio de ejecuciones fiscales y medidas cautelares alcanza a los siguientes sectores hasta mediados de 2027:
- MiPyMEs: Comprende a las empresas de los Tramos 1 y 2 que dispongan del «Certificado MiPyME» vigente al 29 de octubre de 2026 y cuenten con la caracterización correspondiente en el Sistema Registral.
- Pequeños contribuyentes: Abarca a las personas humanas y sucesiones indivisas caracterizadas en el Sistema Registral bajo el código «547 – Pequeño Contribuyente».
- Entidades sin fines de lucro y sector salud: Se mantiene la vigencia del resguardo para aquellas entidades inscriptas ante el organismo bajo las formas jurídicas correspondientes al 29 de octubre de 2026.
Excepciones y vigencia
Desde el organismo recaudador aclararon que la medida no limita las facultades de la ARCA para actuar en situaciones de grave afectación de los intereses del Fisco, así como en casos de prescripción inminente o caducidad de instancia.
La resolución entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

