BUENOS AIRES (ANP) — La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) puso en marcha, mediante la Resolución General 5912, una nueva funcionalidad denominada Recibo Asistido dentro del régimen de contratación de personal de casas particulares. La medida, con vigencia a partir del 15 de octubre de 2026, busca simplificar la confección de liquidaciones salariales en el sector, según detalló el especialista en materia tributaria Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios.

Esta actualización se da en el marco de la reglamentación de la Ley de Modernización Laboral N.° 27.802, la cual modificó el artículo 20 de la Ley 26.844 e instauró la obligatoriedad del recibo de sueldo electrónico.

Claves del nuevo sistema de liquidación

  1. Obligatoriedad del formato digital y automatización

    Tras la emisión previa de la RG 5850 que dispuso el uso obligatorio del recibo digital, la RG 5912 incorpora una herramienta que calcula automáticamente diversos conceptos en función de los datos que constan en las bases de datos del organismo recaudador y de la normativa vigente.

  2. Mecanismo de funcionamiento del Recibo Asistido

    Para confeccionar el documento, el empleador debe acceder al portal institucional de ARCA con Clave Fiscal (nivel 2 o superior), seleccionar al trabajador e ingresar datos como el período a liquidar, la modalidad, la remuneración y la cantidad de horas trabajadas. Con esta información, la plataforma genera automáticamente los importes propuestos. El empleador cuenta con la opción de aceptar, rechazar o modificar los valores sugeridos, así como de agregar ítems adicionales. Pese a esta asistencia automatizada, la responsabilidad legal sobre la exactitud de los datos sigue recayendo en la figura patronal.

  3. Validez y firma del comprobante

    El acceso formal al sistema con Clave Fiscal sustituye la exigencia de firma del empleador en el recibo digital. No obstante, en las operaciones donde el pago se realice en efectivo o a requerimiento del trabajador, el documento debe imprimirse por duplicado y ser firmado en conformidad por el empleado para que el empleador conserve la constancia física correspondiente.

  4. Acceso a la información para los trabajadores

    Los trabajadores del sector pueden consultar a través de la plataforma sus recibos emitidos y los comprobantes de aportes y contribuciones efectuados. Asimismo, mediante el módulo de Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos, pueden verificar los pagos registrados por período, determinar eventuales intereses adeudados y generar los formularios necesarios para regularizar su situación.

  5. Aportes voluntarios y cobertura de salud

    La nueva norma sustituyó el artículo 3° de la RG 3693, manteniendo la opción de realizar aportes voluntarios destinados a la cobertura del Sistema Nacional del Seguro de Salud (mediante el formulario F. 575/RT) para acceder al Programa Médico Obligatorio (PMO). Sin embargo, la medida suprimió las alternativas de aportes voluntarios dirigidas al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), sin incluir disposiciones transitorias para quienes realizaban dichos aportes previamente.

Implicancias y observaciones finales

Especialistas del sector destacan que la automatización de la liquidación supone un avance técnico para agilizar los trámites informáticos. No obstante, se remarca la conveniencia de efectuar revisiones manuales cuidadosas antes de confirmar la emisión de los recibos, atento a que persisten detalles respecto al mecanismo completo de determinación automática que serán aclarados en el micrositio oficial del organismo.

Por NP