Buenos Aires, mar 31 (ANP) – La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y los
Emprendedores actualizó los topes de facturación que determinan qué empresas se
encuadran dentro del Registro MiPyME. Las nuevas categorías entrarán en vigencia a partir
del 1° de abril.


A través de la Resolución 19/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial, se actualizaron los
montos máximos de facturación en todos los sectores y tramos tomando como referencia el
índice de precios implícitos del PIB elaborado por INDEC. La medida, que se lleva adelante
una vez al año, tiene como objetivo garantizar que ninguna micro, pequeña y mediana
empresa que no haya aumentado su volumen real de ventas quede fuera de los beneficios
que otorga el Registro MiPyME. Asimismo, esta actualización siguió las recomendaciones de
la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) a partir de las cuales se
equilibró también la situación en los tramos de algunos sectores cuyos topes habían
quedado desfasados.

Actualmente están inscriptas en el Registro MiPyME 1.522.407 empresas, autónomos y
monotributistas, lo cual significa un crecimiento del 187% en la cantidad de empresas
registradas con respecto a los números de diciembre de 2019. La inscripción al Registro les
permite a las MiPyMEs acceder a beneficios fiscales, líneas de financiamiento con tasa
subsidiada por el FONDEP así como a planes de asistencia técnica y otros programas que
llevan adelante el Ministerio de Desarrollo Productivo y demás organismos del estado.
La normativa también establece la puesta en funcionamiento a partir del 1° de abril del
nuevo Legajo Único Financiero y Económico (LUFE) cuya creación se anunció ayer. A partir
de esta resolución, junto con la inscripción en el Registro MiPyME, la Secretaría de la
Pequeña y Mediana Empresa y los Emprendedores creará el LUFE de cada MiPyME y lo
pondrá a disposición de cada empresa de forma gradual para su utilización. Asimismo las
MiPyMEs tendrán la opción de autorizar a la Secretaría a compartir la información contenida
en su legajo con otros organismos públicos, bancos y entidades financieras públicas y
privadas con el objetivo de reducir la carga operativa de todas sus gestiones crediticias,
entre otros beneficios.

Los topes de ventas anuales que comienzan a regir a partir del 1° de abril del 2021 son:
Límites de ventas totales anuales expresados en pesos ($).

 

Por NP