Buenos Aires- La Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó la medida cautelar de suspensión de vencimientos de las declaraciones Juradas del impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales y fijó nueva fecha hasta el 12 de julio.
Se trata de un nuevo revés para la Administración Federal de Ingresos Públicos que hace 48 horas había obtenido un fallo a su favor que restituía la vigencia de los días de vencimiento, tras presentar una apelación a una cautelar elevada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires.
El Consejo presentó la semana pasada una cautelar ante el juzgado Contencioso Administrativo Federal 12 a cargo de Macarena Marra Giménez, quien lee dio curso al pedido y había establecido suspender el vencimiento.
El reclamo de los contadores viene a cuenta de que dicen tener escaso tiempo para desarrollar su tarea porque la AFIP habilita los aplicativos para liquidar los impuestos con demora. El aplicativo para liquidar los impuestos del perìodo fiscal 2021 se habilitaron el 12 de mayo.
Los contadores reclamaron a la AFIP mediante siete notas que el vencimiento se fijara para el 12 de julio, es decir, a los 60 días de que puso en marcha los aplicativos. El organismo a cargo de Mercedes Marcó del Pont postergó el vencimiento original que era el 13 de junio, para el 23 del mismo mes.
El Consejo había logrado un primer fallo favorable, pero la AFIP presentó una apelación. El juez subrogante Diego Cormik, (los abogados lo vinculan al oficialismo), en reemplazo de Marra Giménez que estaba de licencia, concedió la apelación y elevó el caso a la Cámara pero con efecto «suspensivo», es decir, volvió a reestablecer los vencimientos.
Ahora el tribunal superior volvió suspender los plazos hasta el 12 de julio, en los términos que reclama el Consejo Profesional de Capital Federal, mientras de sigue analizando la demanda de fondo, es decir, la falta de tiempo para que los contadores puedan desarrollar su trabajo.
Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tibutarios señaló que «se debe mencionar que la Cámara se está expidiendo sobre una medida cautelar y no sobre la cuestión de fondo que será resuelva por el Juzgado 12 Contencioso Administrativo Federal».
«Sin embargo, es muy importante para los profesionales en ciencias económicas que la Cámara ha entendido que, en principio -por las características de esta etapa-, resultan verosímiles y con fundamento las razones por las cuales el Consejo Profesional ha solicitado la postergación de vencimientos», explicó el profesional.