BUENOS AIRES, (ANP).- Los monotributistas, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares, clubes de barrio, asociaciones de pueblos originarios, bomberos voluntarios y fomento rural tienen hasta el 2 de marzo para acogerse a la condonación de deudas prevista en la ley de Alivio Fiscal.
Las demás entidades sin fines de lucro deberán presentar un certificado de exención en el impuesto a las Ganancias, informó hoy la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
También pueden acceder a este beneficio los pequeños contribuyentes que durante 2020 y al 11 de noviembre de 2021 hayan estado inscriptas en alguno de los siguientes: Impuestos a las Ganancias, Impuesto sobre los Bienes Personales o Monotributo.
El beneficio alcanza a obligaciones líquidas y exigibles vencidas al 31 de agosto de 2021 que no hayan sido canceladas o regularizadas.
Más de 133.000 contribuyentes ya accedieron a la condonación de deudas prevista en la ley de Alivio Fiscal, quienes lograron la condonación de $1.700 millones en deudas tributarias, previsionales y aduaneras.
La condonación de deudas parte de las medidas dispuestas por el Gobierno para acompañar a los y las contribuyentes en el proceso de recuperación económica.
La herramienta está disponible desde el 20 de diciembre para entidades y organizaciones sin fines de lucro como clubes de barrio, cooperativas de trabajo y escolares, bibliotecas populares y organizaciones comunitarias.
También alcanza deudas inferiores a $100.000 de monotributistas y otros pequeños contribuyentes, y de micro y pequeñas empresas que cuentan con el Certificado MiPME.
La mayor parte de las deudas condonadas hasta el momento por la AFIP corresponde a monotributistas.