Buenos Aires, nov 12 (ANP)– Forzado por las quejas de los empresarios y la necesidad de dar señales pro mercado en momentos en que negocia un nuevo programa con el Fondo Monetario Internacionales (FMI), el gobierno comenzó a descongelar los precios que mantiene pisados desde marzo de este año.

Firmada por la secretaria de Comercio, Paula Español, apareció publicada en el Boletín Oficial una resolución que suspende la aplicación de Precios Máximos a medio centenar de productos. Entre los funcionarios se señala que se trata de bienes de alta oferta pero poco impacto en la canasta popular. Por caso se incluyen algunos vinos finos y productos tipo gourmet.

Aún así se trata de una señal de distensión en la relación de la funcionaria con la Coordinadora de industrial de Productos Alimenticios (Copal). El mes pasado Español venía anunciando en diferentes declaraciones periodísticas que el programa de Precios Cuidados no se iba a poder mantener indefinidamente, y que el gobierno pretendía desmontarlo pero sin afectar al bolsillo del público.

Pero el 30 de octubre, cuando venció el período de vigencia del programa lo renovó hasta el 30 de enero. La medida desató la dura respuesta de los empresarios de la alimentación que venían ya en conversaciones con la funcionaria para avanzar en el descongelamiento.

Le habían propuesto ir moviendo los productos del Precios Máximos al Precios Cuidados. Este programa que viene de la gestión de Cristina Fernández y sobrevivió a la de Mauricio Macri, es voluntario y se renueva cada 3 meses, lo que le da a las empresas un margen de control sobre la operatoria.

Hoy en el Boletín Oficial, la Secretaría de Comercio dio inicio a ese proceso.

Comunicado
La Secretaría de Comercio Interior exceptuó de Precios Máximos a un grupo de productos que tienen menor impacto y mayor oferta dentro de la canasta de consumo masivo, cuyos ajustes serán consensuados en los próximos días entre las autoridades del Ministerio de Desarrollo Productivo y los empresarios.

Los productos de primera necesidad seguirán alcanzados por los precios máximos.
A través de la resolución 552/2020 de la Secretaría del Ministerio de Desarrollo Productivo, publicada hoy en el Boletín Oficial, se deja constancia que se trata de una suspensión parcial “respecto de un conjunto de bienes que por sus características y finalidad tienen una moderada relevancia en la satisfacción de las necesidades básicas de los consumidores y usuarios, y un mayor grado de sustituibilidad”.

Esta medida responde a la reactivación progresiva de las actividades productivas y comerciales que ya muestran mejores condiciones y que aseguran el sostenimiento de la oferta de los productos de consumo masivo, y se articula con la coyuntura sanitaria y económica actual.

Los productos desafectados del congelamiento -establecidos en marzo pasado a través de la resolución 100/2020 y sus modificatorias en el marco de la declaración de la emergencia sanitaria por covid-19- son las bebidas alcohólicas -blancas, whiskys, licores, aperitivos y variedades de vinos-, las isotónicas y energizantes, los jugos a base de soja y los de fruta 100% natural.

De los alimentos se exceptuaron: arroz integral y preparado; patés; conserva de fruta, excepto duraznos; conservas de pescado, excepto atún y caballa; golosinas, barras de cereales; sémola y semolín; harinas integrales; variedades de semillas; café en distintas presentaciones, en saquitos, en cápsulas o bolsitas para máquinas; té en hebras o saborizados; leches condensadas y vegetales; papas y otros tubérculos congelados; tortillas de trigo o masa para tacos; pizzas y empanadas congeladas; premezclas para pizza; puré instantáneo de zapallo; sopas concentradas; salsas de soja; acetos; yquesos brie, camembert, azul y provolone.

De los artículos de higiene personal los enjuagues bucales; maquillajes, base, delineador y labial; loción para después de afeitarse; productos de limpieza y cuidado facial, cremas antiarrugas y antiacné; y cremas para peinar, gel, cera capilar y tratamiento capilar.

Y de los productos de limpieza las pastillas y bloque de inodoros; aprestos y perfumes para tela; limpia metales; y pomadas para limpieza de calzado.

Los alimentos, bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que ya no están abarcados por la resolución 100/2020 irán ajustando su precio de manera gradual, ordenada y administrada, producto del diálogo y el consenso entre la autoridad de aplicación y las empresas proveedoras. La vigencia de las medidas se mantendrán según la evolución de las condiciones sanitarias, económicas y sociales.