Buenos Aires, (ANP) – La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) obtuvo sentencia a favor en dos casos que involucran a empresas tabacaleras que procuraban evitar el pago del Impuesto a los Cigarrillos, mediante recursos similares a los de Tabacalera Sarandí.
Se trata de las empresas Todo Tabaco y Bronway Technology, en fallos de la sala 1ra del Tribunal de Apelaciones de La Plata, y su similar de la Sala B de Rosario.
La maniobra consiste en aprovechar un defecto de la ley del impuesto interno al tabaco. Esta fija una alícuota de 70% sobre el precio de venta, pero impone un importe mínimo (actualizable por inflación). Es decir, suponiendo que la empresa bajara el precio de sus productos a valores irrisorios igualmente tendría que pagar un importe mínimo.
El caso de la empresa Tabacalera Sarandí es ese. Logró un fallo de la Justicia al cuestionar el importe mínimo, alegando que no puede competir con las grandes empresas del mercado (Massalin y British Tobaco). En estos casos, uno de los tribunales rechazó la medida alegando el impuesto no es de naturaleza económica sino sanitaria.
Por lo tanto, dejó las puertas abiertas a que otras firmas trataran de seguir el mismo camino. Bajar precios hasta el punto de tener que pagar el mínimo y cuestionar ese tributo ante los tribunales. En estos casos les salió mal.
“Mediante ambos fallos, la Sala B de la Cámara Federal de Rosario y la Sala I de la Cámara Federal de La Plata, revocaron las medidas cautelares otorgadas por jueces de primera instancia que permitieron que dos empresas tabacaleras evitaran el pago del impuesto mínimo”, informó la AFIP.
En el caso de Todo Tabaco el juez federal de La Plata, Jorge Di Lorenzo, advierte que la empresa no agotó las instancias previas administrativas con la AFIP. Había emitido en 2021 solo 7 facturas y había pagado el impuesto por el 70%. Luego la AFIP la fiscalizó y le exigió el pago del mínimo. La empresa entró entonces en un plan de pagos de 8 cuotas y luego pidió la inconstitucionalidad del Impuesto Mínimo.
En el caso de Bronway Technology, la empresa directamente le pidió al juez de primera instancia una cautelar alegando las mismas razones de Tabacalera Sarandí, y exigía un tratamiento igual. La empresa argumentó que al momento de pedir la cautelar era la única pyme que no contaba con ese recurso.
Además procuró cuestionar el fundamento del Impuesto al Tabaco, que no es de naturaleza económica, sino de salud, para desalentar el consumo de cigarrillos. Incluso, el tribunal rosarino advierte que la empresa empezó a vender cigarrillos baratos sin pagar el impuesto y que luego no pudo acreditar el daño que le podría ocasionar pagarlo.
“Ambos fallos constituyen un importante apoyo al accionar de la AFIP en su constante esfuerzo por combatir maniobras improcedentes para evitar el pago de los impuestos correspondientes”, afirma el comunicado del organismo.