BUENOS AIRES, DIC 28 (ANP) – La AFIP autorizó a los bancos y otros tipos de entidades financieras y comerciales a pedir a sus clientes copias de declaraciones juradas de impuestos, que hasta ahora solo eran de uso privativo por el organismo.
La medida dejó sin efecto la Resolución General 3952 que impedía a una serie de sujetos económicos pedir copias de ese documento a sus clientes. La medida implica que el contribuyente tendrá la responsabilidad en sí mismo de informar o no lo que le pueda pedir su banco.
La medida publicada en el Boletín Oficial señala que «la Ley N° 25.246 y sus modificaciones enumera en su artículo 20 los sujetos que se encuentran obligados a informar a la Unidad de Información Financiera (UIF) las conductas o actividades de las personas humanas o jurídicas, a través de las cuales pudiere inferirse la existencia de una situación atípica que fuera susceptible de configurar un hecho u operación sospechosa de lavado de activos o financiación de terrorismo».
Agrega que «mediante la Resolución General N° 3.952, se estableció que los sujetos indicados en el mencionado artículo 20, excepto los detallados en su inciso 17 -profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas-, deberán abstenerse de requerir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales que presenten ante esta Administración Federal, a efectos de asegurar la correcta aplicación del instituto del secreto fiscal previsto en el artículo 101 de la Ley N° 11.683».
Algunos de los sujetos mencionados por la Ley que ahora podrán pedir las DDJJ
En tal sentido, menciona «que es reiterada la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el sentido de que el secreto fiscal es un derecho que se le acuerda al contribuyente o responsable y, como tal, es en principio renunciable y no se le puede impedir que haga uso de esa renuncia en defensa de sus propios derechos».
En tal sentido, el organismo recaudador señala en el último párrafo del mencionado artículo 101 de la Ley de Procedimiento Fiscal -incorporado por la Ley N° 27.430- «quedó plasmada la posibilidad de que los contribuyentes y responsables compartan sus declaraciones juradas y documentación con terceros por su voluntad y en su propio beneficio».
Criticas
El tributarista Cesar Litvin calificó de «gravísima» la iniciativa del gobierno. «Esto tiene muchísima importancia porque de alguna manera se esta dejando de asegurar el secreto fiscal», señaló Litvin a Nuevas Palabras. El asesor tributario indicó que «allá por 2017 se logró esta resolución que le impide a los bancos solicitar las declaraciones juradas de impuestos, porque el secreto fiscal es el requisito de confianza para que el contribuyente entregue todos los datos de su intimidad económica a la AFIP».
«Cuando los bancos piden las copias de las DDJJ de alguna manera un empleado de banco va a tener toda la intimidad económica en cuanto a rentas y bienes patrimoniales de un contribuyente. A partir de ahí se pierde la seguridad de custodia, porque ese empleado puede usar el dato que puede hasta generar problemas de inseguridad a la gente que tiene un patrimonio importante». agregó Litvin
La abrogación de esa norma desprotege a los clientes», concluyó.