Buenos Aires, may 19 (ANP). – El Gobierno acordó con las petroleras subsidiar el precio interno del barril a US$ 45 a cambio de que las empresas mantengan la inversión y el empleo a los niveles del 2019, y no podrán comprar dólares
Así lo estableció el decreto 488/2020 publicado hoy en el Boletín Oficial que fijo el precio para la compraventa local del petróleo será de 45 dólares el barril y prohíbe la importación de aquellos productos que estén disponibles en el mercado interno hasta el 31 de diciembre.
Además, como requisito para acceder al “Barril criollo”, que tiene un sobre precio del 37,5% respecto a la actual cotización del petróleo, las empresas productoras no accederán al mercado de cambios para la formación de activos externos ni adquirirán títulos valores en pesos para su posterior venta en moneda extranjera o transferencia de custodia al exterior.
El Ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, consideró que “el objetivo (de esta medida) es asegurar el abastecimiento a precios que fomenten la exploración y explotación de los hidrocarburos y promover el desarrollo de las PyMEs de servicios petroleros para fortalecer el entramado productivo regional”.
Además “establecimos que las refinadoras deberán comprar a empresas productoras locales la totalidad de petróleo crudo que necesiten y restringimos la importación a precios internacionales del petróleo y derivados que se encuentren en el mercado local”, dijo el funcionario a través de su cuenta de twitter.
Este subsidio se da ”en el marco de la caída abrupta del valor internacional del crudo generada por la pandemia COVID-19-2 y este precio podrá ser revisado trimestralmente por la Secretaría de Energía dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo y quedará desactivado cuando el valor del Brent supere los U$S 45 durante 10 días consecutivos.
En tanto, las empresas productoras deberán sostener los niveles de inversión y de producción del año 2019, los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y mantener las plantas de trabajadores.