BUENOS AIRES, AGO 13 (ANP) – Son días en los que el estrés domina a los contadores y asesores tributarios. Agosto tiene un fuerte cúmulo de vencimientos y la página web de la AFIP no funciona de manera óptima, lo cual lleva al agotamiento de la paciencia de los profesionales. Encima el organismo recaudador «aprieta» intimando a presentar la papelería a 48 horas de los vencimientos.
Sebastían Domínguez de SDC Asesores tributarios señaló: «A 48 hs del primer vencimiento para las Presentaciones de las declaraciones juradas, la AFIP comienza a intimar a los contribuyentes con terminación de CUIT 0-1-2 y 3 para su Presentación. La AFIP parece no reconocer los problemas de aplicativos web que demoraron y demorar el trabajo de carga de información para poder generar y presentar las declaraciones juradas».
Al respecto, el tributarista señaló que «lejos de atender a los pedidos de prórroga por los problemas de sistemas ha comenzado con las intimaciones».
«¿Qué sucede para los que no han presentado?»: 1) corresponde la multa automática de $ 200 que se reduce de pleno derecho a la mitad si se presenta la ddjj en el plazo de 15 días hábiles administrativos y se paga. 2) intereses resarcitorios por la Mora en el pago del 3.35% mensual por los días de Mora en el pago 3) multa por omisión del 100% del impuesto omitido con la posible eximición de la misma con determinadas condiciones. 4) Si no presentan dentro de los 15 días o no pagan, la AFIP puede aplicar el instituto del pago provisorio de impuestos vencidos. Esto consiste en reclamar un pago a cuenta del periodo 2020 tomando como base una DDJJ presentada por un periodo fiscal no prescripción del mismo impuesto. 5) También puede iniciar una Fiscalización y posteriormente iniciar un procedimiento de determinación de oficio si es que no se presenta la DDJJ.